Como contribuyente necesitas siempre tener en cuenta las siguientes fechas para estar al corriente ante la autoridad fiscal, ya que de no hacerlo podrías ser multado con cantidades que van de los 1,100 pesos a los 13,720, según el Código Fiscal de la Federación.31 de marzo
Esta fecha es el límite para que las personas morales presenten su declaración anual, en la que reportarán el Impuesto sobre la Renta. Éste día los contribuyentes que estén en el RIF deben enviar su primer declaración bimestral del año (enero-febrero).
3 de abril
Las personas morales que hayan tenido ingresos anuales superiores a los 4 millones de pesos en 2013 deberán enviar al SAT su contabilidad electrónica por primera vez correspondiente al mes de enero 2015, su balance de comprobación y catálogo de cuentas. Las personas físicas lo harán el 5 de abril.

30 de abril
En esta fecha, todas las personas físicas que recibieron sueldos, asimilados a salarios, honorarios, llevaron a cabo una actividad empresarial, recibieron intereses, dividendos o rentas, enajenación y adquisición de bienes inmuebles están obligadas a presentar su declaración anual de 2014.
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